
15 años de prisión por abusar de su hijastra con discapacidad auditiva
La causa fue llevada adelante por un juzgado de instrucción de Oberá
OBERÁ.– Un hombre de 47 años fue condenado a 15 años de prisión efectiva por el Tribunal Penal de Oberá, tras ser hallado culpable de abusar sexualmente de su hijastra menor de edad, quien padece una hipoacusia que afecta su capacidad para comunicarse verbalmente. El fallo fue dictado de manera unánime por los magistrados Horacio Gabriel Paniagua, Francisco Clavelino Aguirre y Jorge Erasmo Villalba, luego de una audiencia que se extendió durante toda la mañana de ayer.
El caso salió a la luz en enero de 2023, cuando la madre de la víctima radicó la denuncia luego de que uno de sus hijos advirtiera conductas sospechosas del acusado. Según se reconstruyó en el expediente, el ahora condenado se aprovechaba de la ausencia de los adultos del hogar para encerrarse con la menor en una habitación del domicilio familiar ubicado en Campo Grande. Fue uno de los hermanos quien, al notar ruidos inusuales detrás de la puerta, alertó a la madre y desencadenó el inicio de la causa.
Pudo confirmarse que debido a las dificultades del habla que presenta la víctima, no fue posible realizar la pericia en Cámara Gesell, por lo que se optó por otro tipo de evaluación psicológica. A través de estos estudios especializados, se corroboró la existencia de indicadores compatibles con abuso sexual.
La investigación estuvo a cargo de un juzgado de instrucción de Oberá y fue elevada a juicio con el objetivo de determinar la responsabilidad penal del imputado. Durante la audiencia, llevada a cabo en la sede judicial de calle Maipú casi Bolivia, declararon cinco testigos, entre ellos la madre de la víctima. La menor no fue citada por resguardo y cuestiones procesales.
En su exposición ante el tribunal, el acusado negó los hechos y deslizó sospechas infundadas sobre un familiar de su pareja, intentando desviar la responsabilidad. Por su parte, el fiscal subrogante Estanislado Elías Bys solicitó una pena de 18 años de prisión. La defensa pidió la absolución por falta de pruebas concluyentes, alegando dudas sobre la autoría del delito.
Sin embargo, los jueces consideraron acreditados los elementos de cargo y resolvieron imponer una pena de 15 años de reclusión por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.